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¿Fin del ‘infierno burocrático’?

A partir del pasado 2 de enero de 2021 entró en vigor el nuevo Real Decreto (RD 885/2020) relativo a la comercialización y puesta en servicio de placas de matrícula que afecta de lleno tanto a fabricantes como a manipuladores de placas (distribuidores, concesionarios, talleres…).

Si en la primera parte del reportaje del último número de la revista de AUTOPOS abordábamos uno de los principales cambios: la sustitución del registro en papel por el registro informatizado que se tiene que llevar a cabo por los manipuladores de placas. En esta segunda parte, Carlos Sainz -director general de SPM- ahonda en el segundo: de la inscripción de los manipuladores en la DGT se encargarán los fabricantes de placas de matrícula.

 

La entrada en vigor de este nuevo real decreto trae consigo, aparte del paso del registro en papel al registro informatizado, un segundo cambio significativo que afecta tanto a fabricantes como a manipuladores: la inscripción de los segundos en la DGT se llevará a cabo por los primeros. Se trata de un cambio bastante importante, teniendo en cuenta que, hasta ahora, “si un distribuidor/concesionario/taller quería trabajar con un fabricante corría ‘un infierno burocrático’ para darse de alta como manipulador”. Y es que, en función de la Comunidad Autónoma en la que se encontrara el manipulador, este tenía que presentar la documentación requerida en Tráfico, pagar unas tasas y a los 3 o 4 meses -en el caso de Madrid- o en 5 o 6 días -en el caso de Cataluña, País Vasco o La Rioja- recibía la autorización y la documentación para darse de alta como manipulador.

Sin embargo, este ‘engorro’ desaparece. Y siendo los fabricantes quienes asumen el proceso, todo es “mucho más rápido y asumible”, señala Sainz, que asegura además que desde SPM han podido hacer “entre 20 y 30 inscripciones nuevas a través del mecanismo que nos ha dado la DGT”, recibiendo a las 24 horas un documento acreditativo con el alta en el registro.

Otro de los cambios que afecta de forma directa a los fabricantes y que elimina de raíz otro lío burocrático es el relativo al proceso de homologación de los productos. Hasta ahora, un organismo de control independiente debía realizar unos ensayos. En caso de ser positivos, la documentación pasaba a Industria, que a su vez expedía un documento de homologación. Cuando todos estos pasos estaban dados, las placas podían comercializarse. Con la nueva ley Industria no interviene, facilitando considerablemente todo el proceso.

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